Teoría queer y orden legal:
reflexiones sobre una teoría queer del derecho
DOI:
https://doi.org/10.9771/peri.v3i16.37391Resumen
Este trabajo se propone comprender qué podría ser una “teoría queer del derecho”, es decir, cómo las críticas establecidas por la teoría queer podrían contribuir con el derecho para revolucionar lo que la ley entiende por
sexo, género y sexualidad. El Derecho como marco normativo siempre ha tomado en consideración el sexo, el género y la sexualidad; sin embargo, el campo legal construye estas dimensiones desde la perspectiva de la naturaleza, retroalimentando y fortaleciendo la heteronormatividad, las identidades fijas, los binarismos sexuales y de género, así como la lógica de sexo-género-sexualidad a la cual la teoría queer aspira a desmantelar. Por lo tanto, es desde una investigación exploratoria y de revisión bibliográfica de estudios queer que este estudio comprende que una teoría queer del derecho debe emprender el desmantelamiento y el alejamiento de las normas del campo legal, a fin de criticar la normalización engendrada por dichas normas con respecto a las categorías de sexo, género y sexualidad. En consecuencia, una teoría queer del derecho impone al universo legal a todos aquellos que están al borde de la ciudadanía y la heteronormatividad, contemplando todos los sujetos sin prestar atención a su sexo, género o sexualidad.
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Derechos de autor 2021 Danler Garcia

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